martes, 5 de enero de 2010

Escrito en una sentencia

En la sentencia reciente para el ex- Consejero Del Olmo -al que conocimos en la inauguración del vial de la A-67 al Polígono Industrial La Vega- dictada por el Juez del Juzgado de lo Penal número 2 de Santander:

El Juzgado de lo Penal número 2 de Santander ha condenado a dos años y medio de cárcel y otros siete años y ocho meses de inhabilitación al ex consejero de Industria y Desarrollo Tecnológico del Gobierno cántabro, Javier del Olmo, por un delito continuado de obstrucción a la justicia y otro de prevaricación cometidos cuando era presidente del Puerto de Santander.

El titular del juzgado, José Hoya Coromina, ha considerado probado que el ex presidente de la Autoridad Portuaria despidió al jefe del Departamento de Administración y Finanzas, José Manuel del Río Oyarbide, como "represión" por haber declarado en un juicio de carácter laboral a favor del responsable de la policía portuaria, Antonio Martínez Sánchez, al que, a su vez, Del Olmo "impuso" condiciones laborales "discriminatorias y vejatorias".

Por ello, en una sentencia fechada ayer, 28 de diciembre, y conocida hoy, el Juzgado condena a Del Olmo como responsable de un delito continuado de obstrucción a la justicia y otro de prevaricación, así como de sendas faltas contra las personas, una por amenazas y la otra por vejaciones.

Junto a la pena de prisión y de inhabilitación, le condena al pago de multas por valor de 450 euros y a indemnizar con 11.743 euros a cada uno de los trabajadores.

----

"SERVIDOR PROPIO Y NO PÚBLICO"

La defensa planteaba varios argumentos para pedir la absolución del ex consejero, pero el juez rechaza todos ellos. Entre otras cosas, el abogado de Del Olmo cuestionaba que se aplicaran en este caso las sentencias previas de los juzgados de lo social, señalaba que en el juicio no se aportaron pruebas que desvirtuaran la presunción de inocencia y consideraba que no se reunían los requisitos para considerar los hechos como delitos de obstrucción a la justicia y prevaricación.

Sin embargo, todos sus argumentos son rechazados en la sentencia, que recalca que las resoluciones previas tienen efectos "claramente vinculantes", máxime cuando en el juicio penal no se han aportado elementos de prueba nuevos que conduzcan a una conclusión diferente.

En cuanto a las pruebas y la calificación de los delitos, remite a las pruebas documentales y a las declaraciones de los testigos y del propio acusado, que "en momento alguno ha negado los hechos" y, en cambio, ha explicado algunas de sus decisiones atribuyéndolas al "marco discrecional" de la Presidencia.

Frente a ello, la sentencia indica que esas facultades no son "omnímodas" y tienen su límite en los derechos fundamentales que, a su juicio, fueron conculcados por el ex presidente del Puerto.

En este sentido, considera "lamentable" y "penoso" que "servidores públicos" sean considerados en resoluciones judiciales como "conculcadores de derechos fundamentales de sus empleados o ciudadanos" o de principios constitucionales, un hecho que es "reprobable en cualquier ciudadano, y más aún en alguien que se denomina, intitula y pretende constituirse en un servidor público".

En su opinión, esas actitudes "alteran" el concepto de servidor público para convertirse en "un servidor propio y no público", y "evidencian un concepto de la empresa y de la administración pública de carácter patrimonial y privativo, como si ganar unas elecciones o pertenecer al partido vencedor de éstas legitimara para conculcar los principios básicos" de la actividad pública.


Coda: Pedro no quiero que se me olvide, Del Olmo ya controlaba internet antes de llegar a Industria e inaugurar el Telecentro de Bolmir; así lo reseña la agencia Europa Press.Si lo hizo con los trabajadores de la Autoridad Portuaria, lo pudo hacer con los usuarios de los servicios de Acorde. ¿te suena?

Igualmente, Javier del Olmo solicitó un informe sobre el uso de Internet por parte de algunos trabajadores, y el informe concluyó con la apertura de un expediente disciplinario para Martínez Sánchez.


No hay comentarios: